En la entrada previa del Blog comenzamos a analizar un caso clínico con intervenciones farmacéuticas en el paciente crónico, orientadas a la polifarmacia y las transiciones asistenciales.
Vimos la primera de las etapas del proceso para garantizar la seguridad de los medicamentos en el entorno de hospitalización, la conciliación. Y en este post, continuaremos con las siguientes etapas: adecuación y revisión del tratamiento, adherencia y desprescripción.
2. ADECUACIÓN Y REVISIÓN DEL TRATAMIENTO
La Organización Mundial de la Salud definió en 1985 el Uso Racional de los Medicamentos (URM) como aquella situación en la que «los pacientes reciben la medicación adecuada a sus necesidades clínicas, en las dosis correspondientes a sus requisitos individuales, durante el período de tiempo adecuado, y al menor coste posible para ellos y para la comunidad»1. Cabe resaltar que es adecuado añadir «en todos los ámbitos asistenciales».
En aras de velar por el URM, es fundamental el rol del farmacéutico mediante el Seguimiento Farmacéutico, definido en el Tercer Consenso de Granada como la «práctica profesional en la que el farmacéutico se responsabiliza de las necesidades del paciente relacionadas con los medicamentos mediante la detección de Problemas Relacionados con los Medicamentos (PRM) para prevenir y resolver Resultados Negativos asociados a la Medicación (RNM)»2.
En dicho documento se definen los PRM como «situaciones que en el proceso de uso de los medicamentos causan o pueden causar la aparición de RNM, aceptando la existencia de un listado de PRM no exhaustivo ni excluyente»; y los RNM como «resultados en salud no adecuados al objetivo de la farmacoterapia y asociados al uso o fallo en el uso de los medicamentos, clasificando los RNM en función de los requisitos que todo medicamento debe tener para ser utilizado (necesidad, efectividad, y seguridad)»2.